Bruselas, 3 oct (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciará este viernes sobre el acuerdo comercial y el pacto pesquero entre la Unión Europea y Marruecos, así como sobre una cuestión prejudicial francesa relativa a la denominación de origen de los productos del Sáhara Occidental.
¿Qué decisiones se adoptarán es viernes?
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncia sobre los recursos presentados por el Consejo (países de la UE) y la Comisión Europea contra las sentencias del Tribunal General de 2021 que anularon las decisiones sobre el acuerdo entre la UE y Marruecos por el que se modificaban las preferencias arancelarias concedidas por la UE a los productos de origen marroquí y, por otra parte, a su acuerdo de colaboración de pesca sostenible.
En un caso separado, la justicia europea se pronunciará también sobre una pregunta prejudicial francesa que pone el acento en las denominaciones de origen saharauis, tras pedir el sindicato agrícola Confederación Paisana que se prohíba su importación como marroquíes.
¿Qué dijo el Tribunal General en primera instancia?
El tribunal estimó dos recursos planteados por el Frente Polisario, pero mantuvo la aplicación de los acuerdos comercial y pesquero «durante un cierto periodo de tiempo» para «preservar la acción exterior de la Unión y la seguridad jurídica de sus compromisos internacionales».
La corte rechazó los argumentos del Consejo de la UE según los cuales el Frente Polisario carece de capacidad procesal ante el TUE y de legitimidad.
Subrayó que ambos acuerdos tenían «efectos directos sobre la situación jurídica del Frente Polisario en su calidad de representante de ese pueblo y de parte en el proceso de autodeterminación de dicho territorio».
Consideró asimismo que, en la medida en que los acuerdos controvertidos se aplicaban expresamente al Sáhara Occidental y (en el caso del de pesca) a las aguas adyacentes a este, afectaban a la población de dicho territorio y requerían que se obtuviera su consentimiento.
¿Cuáles son las conclusiones de la abogada general?
El pasado marzo, la abogada general del tribunal de la UE Tamara Capeta avaló el acuerdo comercial pero se inclinó por anular el pesquero al considerar que el primero trata el territorio del Sáhara Occidental y las aguas adyacentes como «separados y distintos» de Marruecos y el segundo no.
Sobre el acuerdo comercial
Firmado por la UE y Marruecos en 2019, el acuerdo amplía el trato arancelario preferencial permitido por el acuerdo de asociación entre las partes también a los productos originarios del territorio del Sáhara Occidental.
Ese mismo año el Frente Polisario pidió su anulación por considerar que el Consejo Europeo no respetó el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui y, en una sentencia de 2021, el Tribunal General anuló la decisión por la que fue aprobado.
La abogada general discrepó el pasado marzo del Tribunal General y consideró que «erró» al aceptar el recurso de nulidad del Frente Polisario.
Recordó que, según el derecho internacional, una potencia administradora puede celebrar, en determinadas circunstancias, un acuerdo internacional en nombre de un territorio no autónomo, como es el caso del Sáhara Occidental.
Añadió que la UE no está obligada a obtener el consentimiento directo del pueblo saharaui para aprobar el acuerdo comercial con Marruecos, ya que, dada la situación actual de la excolonia española, «ese pueblo no puede consentir por sí solo la celebración de un acuerdo internacional relativo a su territorio».
Sobre el acuerdo pesquero
La misma abogada general pidió a la corte que anule la decisión del acuerdo pesquero con Marruecos por no tratar al territorio del Sáhara Occidental y las aguas adyacentes como «separados y distintos» de Marruecos.
«El Consejo no respetó el derecho a la autodeterminación del pueblo de Sáhara Occidental», afirmó Capeta.
Y explicó que aunque «no tiene un representante oficial o reconocido que pueda presentar recurso de apelación en su nombre», debe considerarse que el Frente Polisario, «expresa los intereses y deseos de una parte (al menos) del pueblo del Sáhara Occidental».
Además, opinó que el acuerdo de pesca y el protocolo de aplicación «ignoran el requisito de que el territorio del Sáhara Occidental sea considerado ‘separado y distinto’ del de Marruecos», una situación que es «contraria al principio de autodeterminación».
Denominaciones de origen
En marzo pasado, en un caso separado francés, la misma abogada general del TJUE pidió que los melones y tomates procedentes del Sáhara Occidental incluyan en su etiquetado una mención del «país de origen» que refleje su procedencia de ese territorio y no de Marruecos, como pide un sindicato agrícola galo.
La ausencia de esta indicación, consideró, entraría en conflicto con la posición mostrada por la Unión en el territorio del Sáhara Occidental y desconocería la obligación de incluir información «correcta, neutral y objetiva» en el etiquetado de los productos alimenticios, según Capeta.
Aunque la opinión del abogado general no es vinculante, el Tribunal de Justicia la tiene en cuenta en la mayor parte de los casos.EFE