Descolonización del Sáhara Occidental: la misión pendiente de la ONU |  PUSL

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Dr. Sidi M. Omar
Representante del Frente POLISARIO ante las Naciones Unidas

Actualmente, la ONU observa la Semana de Solidaridad con los Pueblos de Territorios No Autónomos, de conformidad con la resolución 54/91 de la Asamblea General del 6 de diciembre de 1999, por la cual la Asamblea General decidió celebrar la Semana de Solidaridad con los Pueblos de territorios no autónomos, a partir del 25 de mayo. La Asamblea General también declaró una vez más que la existencia del colonialismo, en cualquier forma o manifestación, es incompatible con la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El 14 de diciembre de 1960, la Asamblea General aprobó la resolución 1514 (XV), que contiene la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales, en la que proclamó solemnemente la necesidad de llevar el colonialismo a un final rápido e incondicional en todas sus formas y manifestaciones. Con ese fin, la Asamblea General declaró una serie de principios, incluida la necesidad de tomar medidas inmediatas para permitir que las personas de los territorios no autónomos disfruten de total independencia y libertad (OP 5). El Sáhara Occidental, en el que partes están actualmente bajo la ocupación ilegal del Reino de Marruecos, sigue siendo uno de los 17 Territorios No Autónomos desde la inclusión del Territorio (entonces conocido como “el Sáhara Español”) en la lista de territorios a los que la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General era aplicable. La lista fue elaborada y adoptada por el Comité Especial sobre la Situación en relación con la Implementación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales en 1963 y aprobada por la Asamblea General en el mismo año. La inclusión del Sáhara Occidental en la lista de Territorios No Autónomos fue un reconocimiento internacional del derecho inalienable del pueblo saharaui a la autodeterminación e independencia y la responsabilidad de las Naciones Unidas en relación con el Territorio y su pueblo. También implicaba la necesidad de poner fin al colonialismo en el Territorio, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, un proceso mediante el cual la responsabilidad se confiaba al poder que administraba España, en cooperación con las Naciones Unidas, de conformidad con Capítulo XI. En este contexto, desde la aprobación de su resolución 2072 (XX), la Asamblea General ha seguido pidiendo a España, como poder administrativo del Sáhara Occidental, que tome todas las medidas necesarias para descolonizar el Territorio.

España, sin embargo, no ha cumplido sus obligaciones como poder administrativo en el Sáhara Occidental ni su “confianza sagrada” en relación con el pueblo saharaui. Por el contrario, firmó un acuerdo tripartito con Marruecos y Mauritania el 14 de noviembre de 1975. España también declaró, el 26 de febrero de 1976, que se consideraba exento de cualquier responsabilidad internacional con respecto a la administración del Sáhara Occidental y se retiró del territorio. Sin embargo, el hecho es que el Acuerdo de Madrid es nulo y sin efecto, y la declaración de exención de España de su responsabilidad en relación con el Sáhara Occidental no alteró ni afectó el estatus legal del Sáhara Occidental como territorio no autónomo. La Asamblea General de la ONU, que tiene competencia exclusiva en asuntos relacionados con territorios no autónomos, nunca ha tomado ninguna decisión que absuelva oficialmente a España de su responsabilidad en relación con el Sáhara Occidental. Además, el Subsecretario General de Asuntos Jurídicos y el Asesor Jurídico de la ONU declararon, en su dictamen jurídico emitido a solicitud del Consejo de Seguridad el 29 de enero de 2002, que “el Acuerdo de Madrid no ha transferido soberanía sobre el territorio, ni otorga a cualquiera de los signatarios el estado de poder administrativo, un estado que España sola no podría haber transferido unilateralmente. La transferencia de autoridad administrativa sobre el territorio a Marruecos y Mauritania en 1975 no afectó el estatus internacional del Sáhara Occidental como territorio no autónomo ”(párrafo 6).

En vista de lo anterior, se destacan dos hechos clave: primero, la descolonización del Sáhara Occidental aún no se ha concluido y España sigue siendo el poder administrativo de jure del Territorio, según lo confirmado por la decisión del Tribunal Nacional de España de 4 de julio de 2014, que estableció que “España de jure, aunque no de hecho, sigue siendo el Poder Administrativo y, como tal, hasta el final del período de descolonización, tiene las obligaciones establecidas en los artículos 73 y 74 de la Carta de las Naciones Unidas” (párrafo d); segundo, Marruecos sigue siendo una potencia ocupante para partes del Sáhara Occidental, como lo confirmó la Asamblea General en sus resoluciones 34/37 de 21 de noviembre de 1979 y 35/19 de 11 de noviembre de 1980, en las que instó a la Asamblea General Marruecos poner fin a su ocupación del Sáhara Occidental.

Además de los artículos en las resoluciones de la Carta de las Naciones Unidas y la Asamblea General y el Consejo de Seguridad relacionados con la autodeterminación, la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (TIJ) sobre el Sáhara Occidental de 1975 es una referencia fundamental para la base jurídica del derecho a la autodeterminación como un derecho inalienable y perentorio en virtud del derecho internacional. Con respecto a la cuestión del Sáhara Occidental, cabe destacar que el TIJ declaró, en su opinión consultiva, dos hechos fundamentales: primero, el Sáhara Occidental no era una tierra que no pertenecía a nadie (terra nullius) en el momento de la colonización española, porque estaba habitado por un pueblo con su propia organización social y política (párrafo 81) y era en ese pueblo donde revertía la soberanía sobre el Territorio; segundo, no existía un vínculo de soberanía territorial entre el Territorio del Sáhara Occidental y el Reino de Marruecos o la entidad mauritana (párrafo 162). Por lo tanto, basándose en estos dos hechos, el TIJ dedujo su conclusión lógica, que resume su respuesta a las dos preguntas que se le presentaron, en el sentido de que “el Tribunal no encontró vínculos legales de naturaleza que pudieran afectar la aplicacion de la Resolución 1514 (XV) sobre la descolonización del Sáhara Occidental y, en particular, del principio de autodeterminación mediante la expresión libre y genuina de la voluntad del pueblo del Territorio (párrafo 162).

La decisión del TIJ, que es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas, estableció inequívocamente los dos fundamentos legales sobre los cuales debe proceder la descolonización del Sáhara Occidental; primero, la soberanía sobre el Sáhara Occidental recae en el pueblo saharaui; segundo, como resultado, solo el pueblo saharaui tiene derecho a decidir, mediante la expresión libre y genuina de su voluntad, el estatus del Sáhara Occidental, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y otras resoluciones relevantes para la descolonización. Merece la pena señalar que el TIJ declaró que la expresión de la voluntad del pueblo saharaui debe ser libre y genuina. Esto significa que la expresión debe llevarse a cabo sin ninguna interferencia extranjera de ningún tipo y que debe ser realizada directamente por el pueblo saharaui a través de los procesos democráticos establecidos internacionalmente.

Al observar hoy la Semana de Solidaridad con los Pueblos de los Territorios No Autónomos, recordamos el discurso pronunciado por el Secretario General de la ONU, Sr. Antonio Guterres, en la apertura de la reunión de organización del Comité de Descolonización de la ONU. (C-24) el 21 de febrero de 2019, cuando declaró que “la descolonización es uno de los capítulos más importantes en la historia de la organización. Pero esa historia todavía se está escribiendo, ya que todavía hay 17 territorios no autónomos”. El pueblo saharaui todavía espera paciente y resueltamente a que las Naciones Unidas cumplan su misión pendiente en el Sáhara Occidental, tomando las medidas necesarias e inmediatas para permitir que nuestro pueblo disfrute de total independencia y libertad, para que África pueda cerrar uno de los más horribles y brutales capítulos en la historia de nuestro continente.

26 de mayo de 2020