Madrid (España), 08 de agosto de 2021 (SPS)- A raíz de la noticia de Binter Canarias sobre la reanudación de vuelos con destino a El Aaiún, capital ocupada del Sahara Occidental, el Frente Polisario se ha dirigido a la aerolínea española con base en las Islas Canarias para manifestar su “indignación” y advertir que la programación de los vuelos con destino al Sahara Occidental implican “un negocio ilegal que afecta a un territorio ocupado ilegalmente por Marruecos, un Estado que carece de jurisdicción sobre el territorio en vías de descolonización”.
En un mensaje dirigido al presidente de la compañía, el representante del Frente Polisario para España, Abdulah Arabi, señala que “dado que no cuenta con el consentimiento del Frente Polisario, único y legitimo representante del pueblo saharaui (expresión literal de las resoluciones de las Naciones Unidas), la programación y comercialización de cualquier vuelo hacia las ciudades ocupadas del Sahara Occidental, en este caso, de BINTER CANARIAS, constituyen una violación grave del derecho internacional, por lo que esta empresa incurre en responsabilidad internacional.
Por ellos, el representante saharaui subraya “que este negocio contribuye al objeto que persigue Marruecos de legitimar la ocupación ilegal”. En consecuencia, añade el diplomático saharaui, “el Frente Polisario le conmina a que interrumpa inmediatamente las mencionadas actividades, reservándose las acciones legales que, de conformidad con la jurisprudencia reciente del TJUE, le corresponden, como representante del pueblo saharaui”.
El representante del Frente Polisario reitera que “el pueblo saharaui debe dar su consentimiento” a cualquier actividad económica en el territorio. Así lo establece “la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2018, para que los acuerdos y contratos que se concluyan al objeto de incluir al territorio del Sahara Occidental, como es el caso de la empresa BINTER CANARIAS”, añade.
“El Sáhara Occidental, antiguo Sahara Español, se encuentra incluido desde que se aprobó la Resolución 20/72 de 1965 de la Asamblea General, en la lista de Territorios No Autónomos. En virtud de la resolución 2625 (XXV) de la mencionada Asamblea General, el Sahara Occidental tiene «una condición jurídica distinta y separada de la del Estado que lo ocupa”, condición que continuará hasta que el pueblo saharaui ejerza su derecho a la libre determinación de conformidad con los propósitos y principios de la Carta de Naciones Unidas”, ha detallado Arabi en su mensaje al presidente de Binter Canarias.