Por Lehbib Abdelhay
Luxemburgo (ECS).- La Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) este lunes y martes, 23 y 24 de octubre, respectivamente, audiencias de los dos recursos de casación interpuestos por la Comisión Europea y el Consejo de la UE contra las sentencias del TJUE que, a petición del Frente POLISARIO, anularon en 2021 el pacto pesquero de UE-Marruecos y el acuerdo sobre preferencias arancelarias que incluía ilegalmente el territorio del Sáhara Occidental ocupado, informó EP.
Respecto a este asunto, la delegación saharaui encargada del expediente difundió una nota que explica el asunto. El 21 de diciembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia (C-104/16 P) en la que declaró que los acuerdos de asociación y liberalización UE-Marruecos no son aplicables al Sahara Occidental, con base en los siguientes elementos:
– El pueblo saharaui tiene derecho a la libre determinación e independencia desde 1966;
– El Frente POLISARIO es el representante del pueblo saharaui reconocido por las Naciones Unidas, como recordó la Comisión Europea durante el procedimiento ante el Tribunal;
– El Sahara Occidental, -que tiene un estatuto separado y distinto respecto del Reino de Marruecos-, se sitúa fuera de las fronteras internacionalmente reconocidas de ese Estado;
– El estatuto separado y distinto del Sahara Occidental, el cual es consecuencia del derecho a la libre determinación e independencia, excluye toda soberanía marroquí; soberanía de la que el Reino de Marruecos nunca ha dispuesto con respecto al territorio saharaui;
– El pueblo saharaui, representado por el Frente POLISARIO, constituye un sujeto tercero en las relaciones UEMarruecos, cuyo consentimiento se impone a todo acuerdo aplicable al Sahara Occidental, independientemente de los beneficios alegados.
• El 27 de febrero de 2018 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió una nueva sentencia (C-266/16) en la que reafirmaba y profundizaba el contenido de la de 2016, extendiendo sus conclusiones al Acuerdo de pesca UEMarruecos, concluyendo que el Reino de Marruecos no tiene soberanía ni jurisdicción sobre el espacio marítimo del Sáhara Occidental.
• El 29 de septiembre de 2021 el Tribunal de la Unión Europea dictó dos sentencias de anulación de los nuevos acuerdos UE -Marruecos que incluyen explícitamente al Sahara Occidental (T-279/19, T-344/19 y T-356/19), cuyas principales aportaciones son:
– El Frente POLISARIO tiene capacidad para actuar ante los tribunales de la Unión Europea.;
– El Frente POLISARIO es el único representante legítimo del pueblo del Sahara Occidental;
– El Frente POLISARIO es admisible para actuar por cualquier atentado contra cualquiera de los componentes del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui;
– Todo acuerdo aplicable al Sahara Occidental sólo podrá celebrarse con el consentimiento «libre y auténtico» del pueblo saharaui;
– Ni los llamados «beneficios» ni las denominadas «consultas» realizadas por la Comisión pueden sustituir el requisito del «consentimiento».
• Como consecuencia de los recursos de casación interpuestos por la Comisión y el Consejo contra las sentencias del Tribunal General, el Tribunal de Justicia celebrará una audiencia los días 23 y 24 de octubre de 2023 (C-778/21 P, C-779/21 P, C-798/21 P).
• El 24 de octubre de 2023 el Tribunal examinará también el recurso de la Confédération paysanne, sindicato campesino, relativo a la prohibición de importación de los productos agrícolas del Sahara Occidental comercializados ilegalmente como si fuesen de origen «marroquí».
La aplicación de ese acuerdo expiró el pasado 17 de julio, lo que, a falta de un nuevo acuerdo, pendiente de la sentencia del TJUE, ha llevado a una nueva suspensión de los acuerdo comerciales entre la UE y Marruecos por incluir ilegalmente el Sáhara Occidental.