Nueva York, 23 Septiembre 2019. -(ECSaharaui)
Redacción Lehbib Abdelhay y Nasra Mah/ ECS.
EXCLUSIVA
El informe anual sobre los Territorios No Autónomos Pendientes de Descolonización presentado hoy por el Secretario General de la ONU Antonio Guterres a la Asamblea General de las Naciones Unidas, pone de entrada la importancia de solucionar el problema del Sáhara Occidental tratándose de un tema de descolonización inacabada. El presente informe se presenta de conformidad con la resolución 73/160 de la Asamblea General, en la que la Asamblea solicitó al Secretario General que le informara en su septuagésimo cuarto período de sesiones sobre la realización universal del derecho de los pueblos a la libre determinación.
El informe, al que este medio ha tenido acceso exclusivo, proporciona un resumen de los principales acontecimientos relacionados con la realización del derecho de todos los pueblos a la libre determinación en el marco de las actividades de los principales órganos de las Naciones Unidas desde la presentación del informe anterior sobre la cuestión ( A / 73/329). El informe de Antonio Guterres también incluye una referencia a la consideración del tema en el marco del Consejo de Derechos Humanos, tanto en sus resoluciones como en los informes presentados al Consejo por los titulares de mandatos de procedimientos especiales y el Mecanismo de expertos sobre los derechos de los pueblos bajo ocupación.
También, incluye una clara referencia a las observaciones finales emitidas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que se basan en la consideración del Comité de informes periódicos presentados por los Estados partes en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en respeto de la aplicación del derecho de todos los pueblos a la libre determinación, como garantiza el artículo 1 del Pacto.
El Secretario General de la ONU pone la situación relacionada con el conflicto del Sáhara Occidental en la entrada de su informe sobre la ocupación y el derecho del pueblo saharaui a libre determinación de conformidad con la resolución 2414 (2018) del Consejo de Seguridad. El Secretario General presentó un informe al Consejo sobre la situación relativa al Sáhara Occidental (S / 2018/889), que abarca la evolución desde su informe anterior (S / 2018/277) y proporcionar una descripción de la situación sobre el terreno, el estado y el progreso de las negociaciones diplomáticas sobre el Sáhara Occidental, el progreso en la implementación de la resolución 2414 (2018) del Consejo, los desafíos existentes para las operaciones de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum en Sáhara Occidental (MINURSO) y los pasos dados para abordar esos desafíos.
Guterres señaló también que, durante el período que abarca el informe, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) había recibido varios informes que denuncian que los manifestantes saharauis habían sido dispersados y reprimidos violentamente por la fuerza durante las protestas pacíficas relacionadas con el derecho a autodeterminación, la disposición de riquezas y recursos naturales y los derechos de los presos políticos saharauis (S / 2018/889, párr. 64).
El Secretario General también señaló que MINURSO sigue siendo un elemento central para los esfuerzos de las Naciones Unidaspara alcanzar una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable al conflicto en el Sáhara Occidental que permitiría la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental (ibid ., párr.86). Tras examinar el informe del Secretario General, añade Guterres en su informe, el Consejo aprobó la resolución 2440 (2018), reafirmando su compromiso de ayudar a las partes a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, que proporcione la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental en el contexto de los acuerdos consistentes con los principios y propósitos del Carta de las Naciones Unidas. De conformidad con la resolución 2440 (2018) del Consejo de Seguridad, el Secretario General presentó al Consejo un informe posterior sobre la situación relativa al Sáhara Occidental (S / 2019/282).
El informe abarcó la evolución desde el informe anterior (S / 2018/889) y describió la situación sobre el terreno, el estado y el progreso de las negociaciones diplomáticas, el progreso en la aplicación de la resolución 2440 (2018), los desafíos existentes para las operaciones de MINURSO y los pasos dados para abordarlos.
El Secretario General observó que encontrar una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable que proporcionaría la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental requeriría una fuerte voluntad política no solo de los partidos y los Estados vecinos, sino también de la comunidad internacional. Tras considerar el informe del Secretario General, el Consejo de Seguridad adoptó el pasado mes de abril de 2019 la resolución 2468, reafirmando su compromiso de ayudar a las partes a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, basada en un compromiso, que proporcione la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el contexto de los arreglos consistentes con los principios y propósitos de la Carta de la ONU.
En su última resolución 73/107 (2018), la Asamblea General expresó su apoyo al proceso de negociaciones iniciado por el Consejo de Seguridad, con miras a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, que proveería el autocontrol -determinación del pueblo del Sáhara Occidental, y elogió los esfuerzos realizados por el Secretario General y su ex Enviado Personal para el Sáhara Occidental a ese respecto, el ex presidentealemán Horst Köhler.
La Asamblea también acogió con beneplácito el compromiso de las partes de continuar mostrando voluntad política y trabajar en un ambiente propicio para el diálogo con el fin de entrar en una fase más intensa de negociaciones, de buena fe y sin condiciones previas.
Situación de derechos humanos
Con respecto a la situación de los Derechos Humanos, gracias al informe emitido por la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para la misión de los Derechos Humanos en el Sáhara Occidental y los campamentos de refugiados saharauis, el informe declaraba que se está siguiendo de cerca su evolución con el fin de tratarlo en el campo de los derechos humanos y solucionar los desafíos en el terreno, así como explorar nuevas vías de cooperación para garantizar la protección efectiva de los derechos humanos en el Sáhara Occidental ocupado.
En su 38° período de sesiones, celebrado del 18 de junio al 6 de julio de 2018, el Consejo de Derechos Humanos aprobó la resolución 38/4 sobre derechos humanos y cambio climático. En esa resolución, el Consejo enfatizó que los efectos adversos del cambio climático tenían una serie de implicaciones, que pueden aumentar con un mayor calentamiento global, tanto directo como indirecto, para el disfrute efectivo de los derechos humanos, incluido el derecho a la libre determinación.
En su 39° período de sesiones, celebrado del 10 al 28 de septiembre de 2018, el Consejo de Derechos Humanos aprobó la resolución 39/4 sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo. En esa resolución, el Consejo reafirmó que un orden internacional democrático y equitativo requiere, entre otras cosas, la realización del derecho de todos los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual pueden determinar libremente su condición política y perseguir libremente su situación económica y social. y desarrollo cultural, de conformidad con la Carta y las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas.
En la misma sesión, el Consejo de Derechos Humanos también aprobó la resolución 39/5 sobre el uso de mercenarios como un medio para violar los derechos humanos e impedir el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación. En esa resolución, el Consejo condenó las actividades mercenarias en los países en desarrollo en diversas partes del mundo, en particular en áreas de conflicto, y la amenaza de esas actividades para la integridad y el respeto del orden constitucional de esos países y para el ejercicio del derecho a la autodeterminación de sus pueblos. Una vez más, instó a todos los Estados a tomar las medidas necesarias y ejercer la máxima vigilancia contra la amenaza que representan las actividades de los mercenarios y a tomar medidas legislativas para garantizar que sus territorios y otros territorios bajo su control, así como sus nacionales, no se utiliza para el reclutamiento, la reunión, la financiación, la capacitación, la protección y el tránsito de mercenarios para la planificación de actividades diseñadas para impedir el derecho a la autodeterminación, para derrocar al gobierno de cualquier Estado o para desmembrar o perjudicar, total o parcialmente, La integridad territorial o la unidad política de los Estados soberanos e independientes que se conducen de conformidad con el derecho de los pueblos a la libre determinación.
A / 74/309.
Finalmente el informe señaló que para estas misiones debería ser de extremada importancia el asunto de los Derechos Humanos para poder alcanzar en el futuro otras formas de cooperación para contribuir a alcanzar un entendimiento independiente e imparcial de la situación de los Derechos Humanos en el Sáhara Occidental con el fin de garantizar la protección de todos, así como la aplicación general por ambas partes de las normas internacionales recogidas en los Derechos Humanos. También pide a restablecer la misión de la ONU para el Sáhara Occidental, MINURSO y advirte de dudar de su labor. Concluyendo que la cuestión de los derechos humanos en la búsqueda de una solución al conflicto es una pieza clave.