
La nueva ley de nacionalidad vuelve a poner en primer plano una pregunta que lleva años sin respuesta: ¿dónde están los registros civiles evacuados del Sáhara Occidental cuando España abandonó el territorio? Una investigación de la magistrada Pilar Barrado Liesa sostiene que existe un inventario que acredita su traslado a Madrid el 15 de diciembre de 1975. Parte de esos fondos, incluidos registros de El Aaiún y Villa Cisneros, no aparece hoy localizada.
La aprobación en el Congreso de la proposición de ley sobre nacionalidad española para saharauis nacidos bajo administración española ha devuelto actualidad a un problema que puede resultar decisivo cuando llegue el momento de acreditar nacimientos, identidades y vínculos documentales con España. El texto aprobado por el Congreso el 10 de septiembre y remitido ya al Senado contempla distintos medios de prueba para acreditar esa condición y se tramita por procedimiento de urgencia. El plazo para presentar enmiendas y vetos en el Senado termina el próximo 23 de septiembre.
Pero muchos de los documentos originales ya no están en poder de sus titulares. El Independiente publica este lunes una investigación de Lucía Serrano basada, entre otros elementos, en el trabajo de la magistrada Pilar Barrado Liesa. Según explica, el juez Fernando Bermúdez de la Fuente evacuó los juzgados del entonces Sáhara Español y entregó su documentación a la Dirección General de Promoción del Sáhara en Madrid el 15 de diciembre de 1975. Barrado asegura haber localizado la copia del inventario que acredita qué documentación salió del territorio, adónde fue enviada y en qué fecha.
El problema comienza después. Según la magistrada, los registros civiles remitidos desde El Aaiún y Villa Cisneros —actual Dajla— no aparecen actualmente en el Archivo General de la Administración, y tampoco se han localizado las microfilmaciones que, según su investigación, se realizaron de aquellos archivos. Sí se conservan algunos libros como fondos históricos y otra documentación enviada a Las Palmas, lo que lleva a Barrado a reclamar que se investigue qué ocurrió con el resto. Para numerosas familias saharauis, esos registros podrían convertirse ahora en una prueba especialmente importante de su nacimiento bajo administración española.
La cuestión ya no es solamente histórica. El texto aprobado por el Congreso permite acreditar la condición de saharaui nacido bajo administración española mediante distintos documentos —entre ellos DNI español, documentación vinculada al censo de Naciones Unidas y otros medios contemplados en la norma—, pero la desaparición o destrucción de papeles personales durante décadas de guerra, exilio y desplazamientos hace que los archivos públicos españoles adquieran una importancia evidente. El propio articulado aprobado fija actualmente como referencia a quienes nacieron en el Sáhara Occidental antes del 29 de septiembre de 1977.
Por eso, la aprobación de la ley abre inmediatamente otra pregunta: si España conservó, inventarió o microfilmó los registros de la población saharaui, esos fondos deben ser localizados y puestos a disposición de quienes puedan necesitarlos. El Independiente recuerda además que el Defensor del Pueblo ya ha reclamado explicaciones a la Administración después de que ciudadanos saharauis intentaran localizar sin éxito libros donde constaban sus nacimientos. La reparación jurídica que pretende la nueva ley puede acabar dependiendo, en muchos casos, de otra reparación pendiente: recuperar los documentos que España se llevó del Sáhara hace medio siglo.
Fuente: El Independiente, Lucía Serrano, 21 de septiembre de 2026
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