
En abril de 2007, el Frente Polisario presentó a las Naciones Unidas una propuesta que sigue siendo, hasta hoy, el único plan político coherente con el derecho internacional y con la realidad del conflicto. A diferencia de la oferta unilateral de “autonomía bajo soberanía marroquí”, el texto saharaui parte de un principio innegociable: el Sáhara Occidental es un territorio pendiente de descolonización y, por tanto, su soberanía pertenece —de iure— a su pueblo. Esa propuesta, ignorada por las grandes potencias pese a su solidez jurídica, pone de manifiesto la hipocresía de quienes aplauden el plan marroquí mientras declaran apoyar el “proceso de paz”.
El plan del Polisario no es un manifiesto ideológico, sino un proyecto político completo. Propone la celebración de un referéndum de autodeterminación, libre y supervisado por la ONU y la Unión Africana, con tres opciones: independencia, integración o autonomía. Se trata del mecanismo clásico de descolonización aplicado por Naciones Unidas en Timor Oriental y Namibia, y el único capaz de garantizar una solución legítima y duradera. Frente a las maniobras dilatorias de Marruecos y al silencio cómplice de ciertos miembros del Consejo de Seguridad, el Frente Polisario reitera que está dispuesto a aceptar el resultado, sea cual sea, siempre que refleje la voluntad libre del pueblo saharaui.
Pero la propuesta no se detiene ahí. En un ejercicio de responsabilidad política, el Polisario incluye garantías de paz y cooperación para Marruecos: respeto de fronteras, derechos civiles y económicos para la población marroquí residente en el Sáhara Occidental, acuerdos sobre recursos naturales, y un marco de cooperación económica y de seguridad regional. Es una oferta generosa que desmonta la falsa imagen de intransigencia con la que Rabat intenta deslegitimar al movimiento saharaui. La propuesta demuestra que la autodeterminación no es sinónimo de ruptura, sino la base imprescindible para una convivencia fundada en el respeto mutuo.
Casi dos décadas después, el documento de 2007 conserva toda su vigencia. Marruecos ha incumplido los planes anteriores, la MINURSO permanece bloqueada y las potencias occidentales prefieren mirar hacia otro lado. Pero la posición del Frente Polisario no ha cambiado: la paz sólo será posible sobre la justicia, y la justicia sólo puede construirse sobre el derecho del pueblo saharaui a decidir libremente su futuro. Ningún “plan de autonomía” redactado en Rabat o en Washington podrá sustituir el principio universal que sostiene toda descolonización: el derecho de los pueblos a su autodeterminación.
PROPUESTA DEL FRENTE POLISARIO PARA UNA SOLUCIÓN POLÍTICA MUTUAMENTE ACEPTABLE QUE PREVEA LA AUTODETERMINACIÓN DEL PUEBLO DEL SÁHARA OCCIDENTAL
(Traducción oficial al español)
(presentada al Secretario General de las Naciones Unidas el 10 de abril de 2007)
I / El conflicto del Sáhara Occidental es una cuestión de descolonización
- Incluido desde 1965 en la lista de territorios no autónomos del Comité de Descolonización de las Naciones Unidas, el Sáhara Occidental es un territorio cuyo proceso de descolonización fue interrumpido por la invasión y ocupación marroquí de 1975 y que se basa en la aplicación de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General relativa a la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales.
- La Asamblea General y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas han identificado este conflicto como un conflicto de descolonización entre el Reino de Marruecos y el Frente POLISARIO, cuya solución pasa por el ejercicio, por parte del pueblo saharaui, de su derecho a la autodeterminación.
- Del mismo modo, la Corte Internacional de Justicia, a solicitud de la Asamblea General, declaró claramente en una opinión consultiva de fecha 16 de octubre de 1975, que:
“Los materiales e informaciones que se le han presentado no establecen ningún vínculo de soberanía territorial entre el territorio del Sáhara Occidental y el Reino de Marruecos o la entidad mauritana. Así pues, la Corte no ha encontrado la existencia de vínculos jurídicos de tal naturaleza que puedan afectar la aplicación de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General en el proceso de descolonización del Sáhara Occidental y, en particular, del principio de autodeterminación mediante la libre y genuina expresión de la voluntad de los pueblos del Territorio”. - Además, el 29 de enero de 2002, a solicitud del Consejo de Seguridad, el Asesor Jurídico de las Naciones Unidas estableció claramente que Marruecos no era la potencia administradora del territorio; que el Acuerdo de Madrid de 1975, que dividía el territorio entre Marruecos y Mauritania, no transfirió soberanía alguna a sus signatarios; y, finalmente, que el estatus del Sáhara Occidental como territorio no autónomo no se había visto afectado por dicho acuerdo.
II / La solución del conflicto pasa por la celebración de un referéndum de autodeterminación
- Siendo la cuestión del Sáhara Occidental identificada por la comunidad internacional como una cuestión de descolonización, los esfuerzos encaminados a resolverla han sido consecuente y naturalmente guiados por el objetivo de ofrecer al pueblo de este territorio la oportunidad de decidir su futuro mediante un referéndum libre y justo de autodeterminación.
- El Plan de Arreglo aprobado por las dos partes en conflicto —el Reino de Marruecos y el Frente POLISARIO— y por el Consejo de Seguridad en sus resoluciones 658 (1990) y 690 (1991), complementado por los Acuerdos de Houston negociados y firmados en septiembre de 1997 por el Reino de Marruecos y el Frente POLISARIO bajo los auspicios de James Baker III, Enviado Personal del Secretario General de la ONU, y refrendado por el Consejo de Seguridad, así como el Plan de Paz para la Autodeterminación del Pueblo del Sáhara Occidental o Plan Baker aprobado por el Consejo de Seguridad en su resolución 1495 (2003), todos ellos prevén la celebración de un referéndum de autodeterminación en el Sáhara Occidental.
Todos estos esfuerzos fracasaron debido al incumplimiento por parte del Reino de Marruecos de sus compromisos internacionales.
III / Disposición del Frente POLISARIO a negociar con vistas a la celebración del referéndum de autodeterminación y a la concesión de garantías posteriores al referéndum a Marruecos y a los residentes marroquíes en el Sáhara Occidental
- El Frente POLISARIO, que declaró unilateralmente un alto el fuego que desde entonces ha respetado escrupulosamente, y que aceptó e implementó de buena fe el Plan de Arreglo en virtud del cual se desplegó la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO), así como los Acuerdos de Houston, y que ha cumplido todos los compromisos asumidos haciendo concesiones a veces dolorosas con el fin de ofrecer al pueblo saharaui la oportunidad de decidir libremente su destino, reitera solemnemente su aceptación del Plan Baker y declara su disposición a negociar directamente con el Reino de Marruecos, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, las modalidades de su aplicación, así como las relativas a la celebración de un referéndum auténtico de autodeterminación en el Sáhara Occidental, en estricta conformidad con el espíritu y la letra de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de la ONU y dentro del formato previsto en el marco del Plan Baker, a saber: la elección entre la independencia, la integración en el Reino de Marruecos y el autogobierno.
- El Frente POLISARIO también se compromete a aceptar los resultados del referéndum, cualesquiera que sean, y a negociar desde ya con el Reino de Marruecos, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, las garantías que está dispuesto a otorgar a la población marroquí residente en el Sáhara Occidental desde hace 10 años, así como al Reino de Marruecos, en los ámbitos político, económico y de seguridad, en caso de que el referéndum de autodeterminación conduzca a la independencia.
- Las garantías a negociar por las dos partes consistirían en:
9.1 – El reconocimiento y respeto mutuo de la soberanía, independencia e integridad territorial de ambos países, de conformidad con el principio de la intangibilidad de las fronteras heredadas del período de independencia.
9.2 – La concesión de garantías relativas al estatuto, derechos y obligaciones de la población marroquí en el Sáhara Occidental, incluida su participación en la vida política, económica y social del territorio. En este sentido, el Estado saharaui podría otorgar la nacionalidad saharaui a todo ciudadano marroquí legalmente establecido en el territorio que así lo solicite.
9.3 – El acuerdo sobre disposiciones equitativas y mutuamente ventajosas que permitan el desarrollo y la explotación conjunta de los recursos naturales existentes o de los que pudieran descubrirse durante un período determinado.
9.4 – El establecimiento de fórmulas de asociación y cooperación económica en diferentes sectores económicos, comerciales y financieros.
9.5 – La renuncia, por ambas partes y sobre una base recíproca, a cualquier compensación por las destrucciones materiales ocurridas desde el inicio del conflicto en el Sáhara Occidental.
9.6 – La conclusión de acuerdos de seguridad con el Reino de Marruecos, así como con los países de la región que pudieran estar interesados.
9.7 – El compromiso del Estado saharaui de trabajar estrechamente con el Reino de Marruecos, así como con los demás países de la región, con el fin de llevar a buen término el proceso de integración del Magreb.
9.8 – La disposición del Estado saharaui a participar, junto con Marruecos y los países de la región, en el mantenimiento de la paz, la estabilidad y la seguridad de toda la región frente a las diversas amenazas que pudieran afectarla. Del mismo modo, el Estado saharaui consideraría favorablemente cualquier solicitud de las Naciones Unidas y de la Unión Africana para participar en operaciones de mantenimiento de la paz.
- El Frente POLISARIO está dispuesto, bajo los auspicios de las Naciones Unidas y con la aprobación y el apoyo del Consejo de Seguridad, a entablar negociaciones directas con el Reino de Marruecos sobre la base de los parámetros anteriormente mencionados, con vistas a alcanzar una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable que prevea la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental, de conformidad con las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, en particular la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y que permita establecer la paz, la estabilidad y la prosperidad en toda la región del Magreb.
Texto original en inglés: “Proposal of the Frente Polisario for a Mutually Acceptable Political Solution that provides for the Self-Determination of the People of Western Sahara”. peacemaker.un.org