Francisco José Alonso Rodríguez *
El Código Penal en su artículo 591 establece penas de hasta de 15 años de cárcel por el delito de comprometer la neutralidad de España en guerras en las que no participa. Este es uno de los delitos que se atribuyen a los españoles detenidos en el marco de la “Operación Danko” por haberse desplazado al este de Ucrania a luchar al lado de los prorrusos.
Será castigado el que durante una guerra en la que no intervenga España, ejercitare cualquier acto que comprometa la neutralidad del Estado o infringiera las disposiciones publicadas por el Gobierno para mantenerla: Nos dice el articulo ya mencionado 591 del Código Penal.
Los “Delitos que comprometen la paz y la independencia del Estado”. A la hora de regular los años de condena, el 591 nos remite al “artículo anterior” en el que se establece “la pena de prisión de ocho a quince años si es autoridad o funcionario y de cuatro a ocho si no lo es”.
Recientemente el expresidente Mariano Rajoy afirma que todos los españoles excepto Pedro Sánchez son conocedores que Marruecos tiene ocupado militarmente el Sahara Occidental y en estos momentos están de nuevo en guerra. Y España es la Potencia Administradora del Territorio según Naciones Unidas y Auto del Pleno de la Audiencia Nacional en el caso Baby representado por la Liga Española Pro-Derechos Humanos y siendo Presidente del Tribunal el actual Ministro de Interior.
La carta enviada al Rey de Marruecos por el presidente Pedro Sánchez (que parece ser que ahora ni recuerda ni tiene conocimiento de ella), compromete la “neutralidad del Estado e infringe las disposiciones publicadas por el Gobierno para mantenerla”.
La guerra que mantienen el Polisario y Marruecos desde noviembre de 2020. La carta de Pedro Sánchez en representación de España constituye un acto que compromete la neutralidad, porque dicha declaración lo es de apoyo al plan de autonomía de Marruecos de 2007, que atenta contra la libre determinación del Pueblo del Sahara Occidental al no permitir un referéndum. El plan nunca ha sido aceptado por la parte saharaui, por lo que el plan de autonomía marroquí no es una solución actualmente aceptada como quiere la ONU, no es solución y por ello la guerra continúa ante los continuos engaños de Marruecos al Pueblo Saharaui y las continuas violaciones que está sufriendo los Saharauis por parte del Reino de Marruecos.
El Sahara Occidental, como es público y notorio, fue territorio español, actualmente Territorio Ocupado y Administrado por España conforme a las decisiones adoptadas por las Naciones Unidas, compromiso firme y que por parte de España no se ha venido cumpliendo.
Como es bien sabido, se trata de un “Territorio No Autonómico” y es el Reino de España fue designado como Potencia Administradora por Resolución 2072 del 17 de diciembre de 1.965 por la Organización de Naciones Unidas.
Entre las obligaciones de España destaca la protección del Territorio y a sus habitantes, lo cual no se ha venido cumpliendo por parte de España. Desde la Liga Española Pro-Derechos Humanos y la Federación Internacional Pro-Derechos Humanos-España, entendemos que se trata de una ocupación militar del Sahara Occidental por parte del Reino de Marruecos.
Pedimos al Gobierno de España que tome todas las medidas necesarias para la protección del Pueblo Saharaui y la utilicen en su Territorio como Potencia Administradora y se cumplan y se respeten los Derechos Humanos, así mismo lo más rápidamente se cumplan las aspiraciones de la población autóctona del Sahara Occidental de la celebración del referéndum.
Lo mismo solicitamos al Presidente Español que haga publica la carta que envió al Rey de Marruecos según dicho Reino y reconocida la misma por él. Como pedimos la aplicación de la Ley en su artículo 591 el Código Penal.
* Sociólogo. – Presidente Liga Española Pro Derechos Humanos.-Federación Internacional Pro Derechos Humanos-España.-Centro de Estudios Manuel Azaña y Centro de Estudios Ateneos.