El Encuentro, celebrado bajo el lema “El estatus jurídico del Sáhara Occidental y la cuestión de la explotación de los recursos naturales”, reunió a más de un centenar de participantes. Entre ellos, un elenco estelar de expertos con una dilatada experiencia y reconocida fama internacional, que presentaron sus ponencias magistrales, conforme al programa establecido, ante juezas y jueces, fiscales, responsables políticos, activistas e intérpretes.

El objetivo del EIJ era analizar, desde diferentes enfoques, la importancia de las tres sentencias emitidas por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), el 4 de octubre de 2024, que declaran nulos los acuerdos de pesca y agricultura suscritos entre la UE y Marruecos, por vulnerar la soberanía permanente del pueblo saharaui sobre sus recursos naturales, ignorar su consentimiento, violar su derecho inalienable a la autodeterminación y el principio del efecto relativo de los tratados. Además se consideraron también aspectos tales como la omisión del etiquetado de los productos originarios del Sáhara Occidental, sus implicaciones en el tratamiento del conflicto y la posibilidad de que se recurra a ciertas argucias jurídicas para eludir el acatamiento escrupuloso de las sentencias por parte de los Estados Miembros de la UE y/o del Ejecutivo comunitario.

El colonialismo se desmonta, no se negocia

Las citadas sentencias del TJUE incorporan una distinción fundamental para la causa saharaui: por una parte, el pueblo saharaui, titular del derecho de autodeterminación; y por otra, la población asentada en el territorio tras la ocupación marroquí. Es el primero quien debe prestar su consentimiento a los tratados que le afecten, no así la segunda. Y aquellas aceptan explícitamente la tesis del Frente POLISARIO según la cual el pueblo saharaui se ubica actualmente de la siguiente forma: una cuarta parte en el S.O., un 50 por ciento en los campamentos aledaños a Tinduf, y otro 25 por ciento en terceros países.

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