Por la Plataforma “No te olvides del Sáhara Occidental”
En el derecho internacional, la autonomía es una modalidad del ejercicio de la autodeterminación. No es una concesión administrativa ni una fórmula de descentralización, sino una forma transitoria de autogobierno en el camino hacia la independencia o hacia cualquier otro estatus libremente elegido. Así ocurrió, por ejemplo, con Puerto Rico o Groenlandia, cuyas fórmulas de autonomía derivan de un acto de consentimiento del pueblo colonizado, no de la voluntad unilateral del colonizador.
En el caso del Sáhara Occidental, la ONU sigue considerando el territorio como no autónomo y pendiente de descolonización. Por tanto, la soberanía recae de iure en su pueblo, no en el Estado que lo ocupa. Cuando Marruecos ofrece un “plan de autonomía” bajo su propia soberanía, no está otorgando derechos: está usurpando un proceso de autodeterminación. Lo que el Derecho Internacional reconoce como autonomía sustantiva —una forma libre de autogobierno derivada de la voluntad del pueblo colonizado— se convierte, en el discurso marroquí y estadounidense, en autonomía subordinada, diseñada para perpetuar la ocupación. Es el mismo procedimiento que llevó a la “autonomía interna” del apartheid sudafricano o al “autogobierno” de las colonias portuguesas bajo Salazar: instrumentos para disimular la negación de la independencia.
Ni la MINURSO puede garantizar estabilidad, ni la ONU puede mediar con eficacia, si las potencias presentes en el Consejo de Seguridad insisten en presentar la autonomía del ocupante como la autodeterminación del ocupado. Con esa fórmula se impide superar el núcleo del problema: no existe posibilidad de paz sobre un modelo colonial. El reto, hoy, no es solo político sino también lingüístico. Cada vez que un diplomático occidental pronuncia “plan de autonomía marroquí”, se produce un desplazamiento del significado: la autodeterminación deja de ser un derecho y se convierte en una concesión; el colonizador se transforma en “potencia administradora”, y el pueblo saharaui, en una “parte interesada”.
Frente a esa operación semántica, la respuesta debe ser jurídica y moral: solo el pueblo saharaui puede decidir el estatuto político del Sáhara Occidental. Y si alguna forma de autonomía distinta a la independencia llegara a existir, solo podría ser legítima si nace de un acto libre de ese pueblo, no de un decreto del ocupante ni de una resolución redactada en Washington. Cuando los textos diplomáticos recomiendan “combinar un régimen de autonomía con una forma creíble de autodeterminación”, repiten una contradicción en los términos: la autodeterminación no puede depender de la soberanía de otro Estado. La autonomía puede ser un camino hacia la autodeterminación, pero jamás su sustituto.
Por eso, insistir en un “plan marroquí de autonomía” sin referirse al referéndum pendiente equivale a validar una anexión disfrazada de reforma política. Y si algo demuestra la historia reciente —de Timor Oriental a Namibia—, es que ninguna autonomía impuesta por una potencia ocupante ha resistido la prueba del derecho ni la de la dignidad. El pueblo saharaui no reclama una autonomía dentro de Marruecos: reclama el derecho de decidir si quiere o no formar parte de él. Esa es la diferencia esencial entre la autonomía colonial y la autonomía como expresión de soberanía. Y mientras el lenguaje diplomático siga confundiendo ambas cosas, la descolonización del Sáhara Occidental seguirá siendo un proceso suspendido —no por falta de voluntad del pueblo saharaui, sino por exceso de cinismo de quienes prefieren llamarle “autonomía”.
Por la Plataforma “No te olvides del Sáhara Occidental”