Lectura comentada del artículo «Royaume-Uni, UE et Sahara Occidental : le développement n’est pas un substitut à l’autodétermination», publicado en Algérie Patriotique
En su artículo, Lahcen Dalil plantea con claridad uno de los ejes centrales del debate actual sobre el Sáhara Occidental: el intento deliberado de sustituir el derecho internacional por un relato económico de desarrollo. Según advierte el autor, cuando una situación de control territorial prolongado se vuelve jurídicamente indefendible, se recurre a una estrategia bien conocida: presentar inversiones, infraestructuras y proyectos energéticos como prueba de progreso, desplazando la cuestión esencial de la autodeterminación.
Dalil lo formula de manera directa: «lorsque le contrôle prolongé d’un territoire devient juridiquement indéfendable, il est alors requalifié en projet de développement». Esta observación no es retórica, sino profundamente política. En el caso del Sáhara Occidental, el énfasis en puertos, carreteras, pesca o energías renovables no busca tanto mejorar las condiciones de vida de la población saharaui como normalizar una ocupación que sigue careciendo de base legal.
El desarrollo no crea soberanía
Uno de los aportes más sólidos del artículo es recordar un principio básico del derecho internacional que a menudo se intenta diluir en el debate público: el desarrollo económico no altera el estatuto jurídico de un territorio. Como subraya Dalil, «le développement, aussi étendu soit-il, ne modifie pas le caractère juridique d’un territoire et ne peut remplacer le droit d’un peuple à décider de son avenir politique». Ni el volumen de inversiones ni la duración del control de facto generan soberanía.
Esta afirmación resulta especialmente pertinente frente a la narrativa marroquí, que insiste en presentar la ocupación como una administración eficaz y modernizadora. Frente a ese discurso, Dalil recuerda que el Sáhara Occidental sigue figurando en la lista de territorios no autónomos de las Naciones Unidas y que nunca ha culminado un proceso de descolonización conforme al derecho.
Un proceso de descolonización inacabado
El autor sitúa correctamente el marco jurídico recordando el dictamen consultivo de la Corte Internacional de Justicia de 1975, que estableció que no existían vínculos de soberanía territorial entre Marruecos y el Sáhara Occidental capaces de afectar al ejercicio del derecho de autodeterminación. Como recuerda Dalil, la Corte fue clara al afirmar que el pueblo saharaui es el titular de ese derecho.
Casi cincuenta años después, ese derecho sigue sin ejercerse. El paso del tiempo, advierte el autor, no crea títulos jurídicos. El control efectivo, por sofisticado que sea desde el punto de vista administrativo, no sustituye al consentimiento libremente expresado de la población. Este recordatorio resulta esencial en un contexto internacional cada vez más proclive a aceptar los hechos consumados.
La Unión Europea: claridad judicial, ambigüedad política
Dalil dedica una parte sustancial de su análisis al papel de la Unión Europea, subrayando una contradicción cada vez más difícil de ocultar. Desde 2016, el Tribunal de Justicia de la UE ha establecido de forma reiterada que el Sáhara Occidental es un territorio «distinct et séparé» de Marruecos. En consecuencia, ningún acuerdo comercial, agrícola o pesquero puede aplicarse legalmente al territorio sin el consentimiento del pueblo saharaui.
El autor insiste en un punto clave: «le consentement ne se confond pas avec la consultation». No basta con recabar opiniones indirectas ni con apoyarse en actores locales que operan bajo la autoridad de facto de la potencia ocupante. Las sentencias del TJUE son vinculantes y obligan a las instituciones europeas y a los Estados miembros a adaptar sus prácticas políticas a ese marco jurídico.
Sin embargo, la realidad es otra. La Unión Europea continúa buscando fórmulas para mantener sus acuerdos con Marruecos, incluso a costa de erosionar su propia credibilidad como actor que dice basarse en el Estado de derecho.
El Reino Unido tras el Brexit
Tras su salida de la UE, el Reino Unido asumió una responsabilidad directa en materia de respeto del derecho internacional. No obstante, como señala Dalil, Londres ha reproducido una conducta similar a la de Bruselas, manteniendo acuerdos comerciales con Marruecos sin garantías jurídicas claras que excluyan al Sáhara Occidental o condicionen su aplicación al consentimiento del pueblo saharaui.
Esta postura coloca al Reino Unido en una posición incómoda: la de un Estado que proclama su adhesión a un orden internacional basado en normas, mientras participa económicamente en un territorio cuyo estatuto jurídico sigue sin resolverse. La incoherencia entre discurso y práctica debilita tanto la legalidad de esos acuerdos como su sostenibilidad a largo plazo.
Un territorio de importancia estratégica global
Dalil subraya que el Sáhara Occidental no es solo un caso jurídico pendiente, sino también un territorio de enorme importancia estratégica. Zonas de pesca entre las más ricas del mundo, importantes reservas de fosfatos y un notable potencial minero se combinan con condiciones excepcionales para el desarrollo de energías renovables, especialmente la eólica.
El autor va más allá al vincular este potencial con desafíos globales contemporáneos, como la transición energética o las infraestructuras necesarias para la economía digital y la inteligencia artificial, cada vez más dependientes de fuentes de energía estables y sostenibles. Sin embargo, advierte con claridad que «un tel potentiel ne peut être réalisé de manière durable dans un cadre juridique non résolu».
La explotación de recursos en un contexto de ocupación y sin el consentimiento del pueblo saharaui no solo es ilegal, sino también económicamente arriesgada e insostenible.
Autodeterminación y desarrollo: una falsa dicotomía
Uno de los méritos del texto de Dalil es desmontar la oposición artificial entre autodeterminación y desarrollo. El autor es explícito: «le peuple sahraoui n’est pas opposé au développement». La cooperación económica y la inversión legítima forman parte del mundo contemporáneo y pueden ser factores de estabilidad.
El problema surge cuando el desarrollo se utiliza para consolidar una situación ilegal. En ese caso, deja de ser una fuerza de progreso y se convierte en una fuente estructural de inestabilidad. El derecho internacional, recuerda Dalil, no está diseñado para bloquear la cooperación, sino para garantizar su legitimidad y su durabilidad.
Seguridad jurídica, inversión y democracia
Desde una perspectiva tanto jurídica como económica, el artículo insiste en que no puede haber inversión sostenible sin seguridad jurídica. Mientras el estatuto del Sáhara Occidental permanezca sin resolver y su población no pueda expresar libremente su voluntad mediante mecanismos democráticos reconocidos, cualquier acuerdo económico seguirá expuesto a riesgos legales y políticos crecientes.
Dalil recuerda que, tanto en el Reino Unido como en la Unión Europea, la democracia y el Estado de derecho se consideran condiciones previas para la estabilidad y el crecimiento. Estas normas no pueden aplicarse de manera selectiva ni suspenderse cuando se trata de territorios fuera de Europa.
Conclusión
El texto concluye con una pregunta tan simple como incómoda: «quand le peuple sahraoui sera-t-il autorisé à exercer son droit à l’autodétermination ?». Mientras esa cuestión siga sin respuesta, cualquier acuerdo que incluya el Sáhara Occidental sin el consentimiento de su pueblo seguirá siendo jurídicamente, políticamente y éticamente problemático, por sólidas que sean sus justificaciones económicas.
La aportación de Lahcen Dalil es especialmente valiosa porque devuelve el debate a su terreno legítimo. Frente a la tentación de normalizar la ocupación mediante cifras de inversión y discursos de modernización, el autor recuerda que el desarrollo no sustituye al derecho y que la autodeterminación no es un obstáculo, sino la condición indispensable para un futuro justo y sostenible en el Sáhara Occidental.
Lahcen Dalil es presidente de la Association pour le suivi des ressources et la protection de l’environnement au Sahara occidental (AREN).
Texto del artículo citado comentado por la «PLATAFORMA NO TE OLVIDES DEL SAHARA OCCIDENTAL»
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