El Tribunal Constitucional no ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por Más Madrid contra la exclusión de la activista de origen saharaui Tesh Sidi de su lista electoral a la Asamblea de Madrid dictada por la Junta Electoral Provincial de Madrid.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite el recurso de amparo «dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo». Con dicha inadmisión el Tribunal utiliza su prerrogativa de no considerar que existe un derecho fundamental violado, en este caso, ni el derecho a la participación política, ni el derecho de acceso a cargos públicos representativos que incluye el sufragio pasivo, recogidos en el artículo 23.1 y 2. de la Constitución Española.
Desde Más Madrid y sus equipos jurídicos se considera, por contra, que la exclusión de Tesh Sidi es una vulneración del derecho reconocido en el artículo 23 de la Constitución, tanto en la parte relativa al sufragio activo (art. 23.1 CE) como en la vulneración del derecho de acceso en condiciones de igualdad a los cargos públicos electivos (art. 23.2 CE).
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