Sáhara Occidental | La batalla por los recursos naturales sigue fijando una línea roja: sin consentimiento saharaui no hay legalidad

Explotación de fosfatos en Bou Craa, en el Sáhara Occidental. Los recursos naturales del territorio siguen siendo uno de los principales frentes jurídicos y políticos de la cuestión saharaui.

Mientras el Consejo de Seguridad discute estos días el futuro político del Sáhara Occidental, hay otro terreno en el que la cuestión saharaui ha ido dejando una huella jurídica mucho más difícil de borrar: el de los recursos naturales. Las sentencias europeas de los últimos años han insistido en que el Sáhara Occidental y Marruecos son territorios distintos y en que el pueblo saharaui, como titular del derecho de autodeterminación, no puede ser sustituido por la población residente ni por una simple consulta administrativa.

Oubi Bouchraya Bachir, asesor de la Presidencia de la República Saharaui para Recursos Naturales y Asuntos Jurídicos, volvió a poner esta semana el foco en esa dimensión. Durante una sesión dedicada a los recursos saharauis, defendió que la batalla jurídica desarrollada durante los últimos años ha reforzado el estatuto del Sáhara Occidental como cuestión de descolonización y ha consolidado la idea de que la explotación de sus recursos no puede tratarse como si el territorio formara parte de Marruecos.

La cuestión no es menor. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluyó el 4 de octubre de 2024 que los acuerdos comerciales y pesqueros entre la UE y Marruecos que se aplicaban al Sáhara Occidental habían sido concluidos vulnerando los principios de autodeterminación y del efecto relativo de los tratados, porque no se había obtenido válidamente el consentimiento del pueblo saharaui. El Tribunal recordó además que el Sáhara Occidental constituye un territorio distinto de Marruecos a efectos del Derecho de la Unión.

Ese pronunciamiento tiene una consecuencia política evidente. La explotación de fosfatos, productos agrícolas, pesca, energía o cualquier otro recurso del territorio no puede abordarse jurídicamente como una actividad interna marroquí. El punto central pasa a ser quién tiene capacidad para consentir la aplicación de acuerdos al Sáhara Occidental y en qué condiciones puede considerarse válido ese consentimiento.

El Tribunal introdujo además una precisión importante. Ese consentimiento no tiene por qué expresarse siempre de manera explícita, pero solo puede presumirse si el acuerdo no impone obligaciones al pueblo saharaui y le proporciona un beneficio específico, tangible, sustancial y verificable, proporcional al grado de explotación de los recursos del territorio. En los acuerdos examinados en 2024, esas condiciones no se cumplían.

También quedó clara otra diferencia fundamental: no es lo mismo consultar a quienes viven actualmente en el territorio que obtener el consentimiento del pueblo saharaui. El Tribunal señaló que una parte importante de ese pueblo vive fuera del Sáhara Occidental y distinguió entre la “población” residente y el “pueblo” titular del derecho de autodeterminación. Esa distinción es esencial para comprender por qué las consultas realizadas por la Comisión Europea no bastaron para validar los acuerdos.

Oubi Bouchraya ha vuelto ahora a insistir en que esta línea jurídica debe mantenerse abierta y acompañarse de la acción diplomática. Para la parte saharaui, los recursos naturales constituyen uno de los terrenos donde puede exigirse responsabilidad a quienes participan en su explotación sin el consentimiento del pueblo saharaui y donde resulta posible traducir el principio de autodeterminación en consecuencias jurídicas concretas.

Hay además un elemento simbólico que no debería perderse de vista. Mientras en otros ámbitos internacionales se discuten fórmulas políticas, marcos negociadores o propuestas de autonomía, la jurisprudencia europea ha venido recordando algo mucho más básico: el Sáhara Occidental no puede confundirse jurídicamente con Marruecos y sus recursos no pueden tratarse como marroquíes por simple decisión administrativa o política.

Esa línea no resuelve por sí sola la descolonización pendiente, pero sí fija un límite. Obliga a distinguir territorios, titulares de derechos y formas de consentimiento. Y, sobre todo, impide que la explotación económica del Sáhara Occidental se convierta sin más en una vía indirecta para consolidar como hecho consumado una soberanía que Naciones Unidas no ha reconocido.

En un momento en que buena parte de la atención vuelve a concentrarse en Nueva York, la batalla por los recursos naturales recuerda que el expediente saharaui no se decide únicamente en el Consejo de Seguridad. También se juega en los tribunales, en los acuerdos comerciales y en la pregunta jurídica que sigue atravesándolo todo: quién puede decidir legítimamente sobre el territorio y sobre sus recursos.

Fuente: Sahara Press Service (SPS), 21 de octubre de 2026.

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