NACIONALIDAD SAHARAUI | PREGUNTAS Y RESPUESTAS | ¿Hay que vivir en España para solicitarla y qué pasa con los expedientes abiertos?

Campamentos de refugiados saharauis. Foto: Carlos Cristóbal / NO TE OLVIDES DEL SÁHARA OCCIDENTAL.

¿Será necesario vivir en España para acogerse a la futura ley de nacionalidad saharaui? ¿Qué diferencia existe entre la carta de naturaleza y la vía de los dos años de residencia? ¿Cuánto tiempo habrá para solicitarla? ¿Y qué ocurrirá con quienes ya tienen un expediente abierto? La segunda entrega de nuestra guía reúne cuatro nuevas respuestas sobre el texto aprobado por el Congreso y enviado al Senado.

Una de las dudas más frecuentes puede responderse con claridad: no será necesario haber residido previamente en España para solicitar la nacionalidad mediante el procedimiento especial de carta de naturaleza. La ley está dirigida a determinados saharauis nacidos bajo administración española y permite que la solicitud pueda realizarse también desde el extranjero. La residencia en España no es, por tanto, un requisito de esta vía.

Esto no debe confundirse con otra posibilidad recogida en la legislación española. El Código Civil permite a los saharauis solicitar la nacionalidad después de dos años de residencia legal y continuada en España. Son dos caminos diferentes: la carta de naturaleza prevista por esta ley responde al vínculo histórico con el territorio entonces administrado por España, mientras que la otra vía exige precisamente esos dos años de residencia. Quedar fuera del procedimiento especial tampoco significa necesariamente quedar excluido de cualquier posibilidad de obtener la nacionalidad española.

También habrá un tiempo determinado para acogerse a la nueva vía. Si la ley culmina su tramitación y se publica en el BOE, entrará en vigor cuatro meses después de su publicación y, desde entonces, habrá tres años para presentar las solicitudes, con posibilidad de ampliar ese periodo durante un año más. No debe confundirse ese plazo con los seis meses que tendrá el Gobierno desde la publicación para habilitar el formulario específico en la sede electrónica del ministerio competente en Justicia.

La ley contempla además una situación que puede afectar a muchas personas: quienes ya tengan un expediente de adquisición de la nacionalidad española pendiente podrán optar por acogerse al nuevo procedimiento, siempre que cumplan sus requisitos. No tendrán la nacionalidad concedida automáticamente ni desaparecerá el examen individual de cada caso, pero haber iniciado anteriormente otro procedimiento no les cerrará la puerta a la nueva vía.

Todo esto permite aclarar también una idea que se está extendiendo en estos días de debate político. El Congreso no ha nacionalizado automáticamente a decenas de miles de saharauis. Ha aprobado un texto que establece quién podrá solicitar la nacionalidad, cómo deberá acreditarlo, por qué procedimiento y dentro de qué plazos. Cada persona tendrá que solicitarla y cada expediente deberá ser examinado y resuelto.

Y todavía falta un paso fundamental: el Congreso aprobó la ley y la envió al Senado, donde continúa su tramitación. No está publicada en el BOE ni está en vigor y, por tanto, ninguno de estos plazos ha comenzado todavía. Con estas cuatro nuevas respuestas llegamos a ocho cuestiones de nuestra serie. En la primera entrega explicamos a quién afecta y cómo se demuestra; en esta segunda entramos en lo que muchos potenciales solicitantes necesitan saber para entender cómo funcionaría realmente el procedimiento.


¿Será necesario haber residido en España para solicitar la nacionalidad?
La carta de naturaleza prevista en la ley no exige residencia previa en España. Explicamos quién podrá solicitarla desde fuera del país y cómo se diferencia esta vía de la nacionalidad por residencia.
👉 Leer la respuesta completa en EL OBSERVADOR SAHARAUI


¿Qué diferencia hay entre la carta de naturaleza y obtener la nacionalidad tras dos años de residencia?
Son dos vías distintas y conviene no mezclarlas. Una nace del vínculo histórico con el Sáhara bajo administración española; la otra exige dos años de residencia legal y continuada en España.
👉 Leer la respuesta completa en EL OBSERVADOR SAHARAUI


¿Cuánto tiempo habrá para solicitar la nacionalidad española?
El texto establece tres años desde la entrada en vigor, prorrogables durante un año más. También existen otros plazos que conviene distinguir para saber cuándo podrá comenzar realmente el procedimiento.
👉 Leer la respuesta completa en EL OBSERVADOR SAHARAUI


¿Qué ocurrirá con quienes ya tienen un expediente de nacionalidad en trámite?
Quienes tengan un procedimiento pendiente podrán optar por acogerse a la nueva vía si cumplen sus requisitos. No supone una concesión automática, pero tampoco tendrán que quedar fuera por haber iniciado antes otro procedimiento.
👉 Leer la respuesta completa en EL OBSERVADOR SAHARAUI


¿Te perdiste la primera entrega?
👉 NACIONALIDAD SAHARAUI | PREGUNTAS Y RESPUESTAS | ¿A quién afecta y cómo se demuestra?


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